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El artículo propone un análisis criminológico de las categorías jurídicas creadas para lidiar con los crímenes estatales masivos (crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, genocidio), señalando las potencialidades, límites y desafíos de cada una de ellas, al tratarse de figuras que por primera vez aplican la capacidad de juzgar sobre el propio poder punitivo, lo cual genera ciertas paradojas. Se destaca la problematicidad de la figura de crímenes contra la humanidad como un posible "tipo abierto" y su utilización como ariete para vulnerar los ordenamientos jurídicos y derechos soberanos de las naciones en desarrollo. Se señala la necesidad de una mejor codificación del concepto de genocidio que, garantizando la inclusión de todos los grupos y la igualdad ante la ley, podría resultar una figura más sólida y menos peligrosa que la de crímenes contra la humanidad. Asimismo, el texto propone repensar los modos procesales en el juzgamiento de crímenes estatales masivos, con el fin de enfrentar con eficiencia aquellos delitos que son organizados por el propio poder punitivo, en condiciones de clandestinidad, y donde la propia lógica de la prueba del delito es puesta en cuestión